SECRETARÍA DEL TRABAJO VIGILA QUE EMPRESAS CUMPLAN CON EL PAGO DE UTILIDADES

23/04/2024

El plazo vence el 30 de mayo para entregar la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas (PTU)

Toluca, México.-La Procuraduría de la Defensa del Trabajo estará atenta a las quejas y dudas que tengan los trabajadores derivado de que el pago de utilidades de las empresas vence este 30 de mayo.
Para ello, puso a disposición de los mexiquenses el número telefónico 800-770-2233 y los correos electrónicos prodetmex@edomex.gob.mx y procuraduriaedomextlal@gmail.com, desde donde los procuradores auxiliares atienden mientras dura la emergencia sanitaria provocada por el COVID-19.

El Procurador de la Defensa del Trabajo, Miguel Ángel Terrón Mendoza, informó que el próximo 30 de mayo vence el plazo para entregar la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de las Empresas (PTU), por lo que invitó a aquellas que aún no lo han realizado, a cumplir con la prestación social que se fundamenta en el capítulo VIII de la Ley Federal del Trabajo.

Dijo que la Ley es muy clara en ese sentido, ya que el reparto de utilidades debe entregarse a los trabajadores dentro de los 60 días siguientes a la fecha en que se paga el impuesto anual, y el 30 de mayo vence el plazo.

El titular de la Procuraduría de la Defensa del Trabajo del Estado de México informó que las y los trabajadores tienen como plazo un año para demandar el pago de utilidades, a partir del día siguiente en que el patrón tiene la obligación de pagarlas, y agregó que en lo que va del mes de mayo se han brindado 12 asesorías por este concepto.

Terrón Mendoza precisó que las y los trabajadores que tienen derecho al reparto de utilidades son aquellos que laboran al servicio de un patrón, excepto directores, administradores, gerentes generales, socios o accionistas de las empresas, eventuales que hayan laborado menos de 60 días durante el año al que corresponda el reparto de utilidades, profesionistas, técnicos y otros que cobran por honorarios sin existir una relación de trabajo subordinada.

Finalmente, reiteró que si no les pagan sus utilidades, los trabajadores podrán presentar su demanda ante la Procuraduría de la Defensa del Trabajo, de acuerdo con la jurisdicción de la actividad de la empresa donde laboren o hayan prestado sus servicios.

Comparte en:

Share on facebook
Share on twitter
Share on whatsapp
Share on email